EL TTIP y EL CETA

 

¿TIENE EL TTIP FUTURO?

Últimamente se habla bastante del TTIP –Transatlantic Trade and Investment Partnership– entre EEUU y la Comunidad Europea, o en español ATCI –Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión–, sobre todo la izquierda tumultuosa, que se manifiesta contra los males que pudiera traer este acuerdo, y los secretismos en las negociaciones, que con toda seguridad, apuntan, nos traerá el Armagedon – Apocalipsis cap. 16 vers.16- a los ciudadanos.

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La mayor parte de la ciudadanía (ciudadanas y ciudadanos) –forma política habitual de señalarnos en los últimos tiempos desde que dejamos de ser súbditos– desconocemos lo que pueda suponer el TTIP y las bondades o maldades que pudiera proporcionar.

En los últimos quince años aproximadamente, las economías que tradicionalmente fueron las más pujantes –EEUU y Europa– se han estancado en su crecimiento y han sido los países llamados emergentes los que han tomado el relevo del crecimiento, siendo China el paradigma del mismo (de momento).

En la actualidad las economías norteamericana y europea juntas, suponen alrededor del 40% del PIB mundial, algo menos del 40% del comercio –promediados bienes y servicios– y más del 60% del stock de inversiones directas del mundo.

Lo que pretende este tratado a grandes rasgos, es la liberalización completa de las relaciones comerciales entre los dos bloques –EEUU y Europa–, y de las inversiones, bajando los aranceles –ya muy bajos en una gran parte de los sectores–,  protegiendo jurídicamente las inversiones, al objeto de recuperar protagonismo en el mundo y desatascar la falta de crecimiento de los últimos años. No debe hacerse a costa de frenar el crecimiento de las economías emergentes –que necesitamos– sino de incrementar el propio crecimiento. En principio parece un gran acuerdo, que generaría nuevas oportunidades de crecimiento económico y de creación de empleo, según sus defensores.

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Existen  como precedentes, los Tratados de Libre Comercio de carácter bilateral –son de carácter limitado– siendo ahora la  pretensión,  liberalizar todo lo posible el comercio de bienes – reduciendo al mínimo  aceptable los impuestos arancelarios–, servicios, contratos de los Estados, e inversiones, estas últimas dándoles protección jurídica.

En 1990, el Presidente del Consejo Europeo –Giulio Andreotti–, el de la Comisión Europea –Jacques Delors– y George Bush firmaron una Declaración Transatlántica que sería el origen del TTIP. En 2007, Bush por EEUU, y Merkel y Barroso por parte europea crearon un Consejo Económico Transatlántico para la coordinación normativa y legislativa. En febrero de 2013, Obama, Rampuy y Barroso inauguraron  las negociaciones que podrían llevar al Tratado.

Existen tres componentes que deben estar incluidos en el Tratado por estar así señalado en las directrices firmadas: las vías de acceso al mercado, los ajustes de las barreras no arancelarias –BNA– y los reglamentos y las normas de actuación. Estos tres aspectos deberán ser contemplados conjuntamente y deberían ofrecer un resultado equilibrado entre la eliminación de derechos de las partes, la eliminación de obstáculos reglamentarios para un comercio fácil por parte de cada uno de los bloques y la adecuación de las normas que lleven a una  apertura real y recíproca de los mercados para los dos.

El primer objetivo es por tanto, eliminar o reducir tanto como sea posible, todas las obligaciones aduaneras entre la UE y EEUU. Esto ya ha sido prácticamente conseguido, excepto en el sector agrícola, calzado y algún otro, donde siguen siendo elevadas.

El segundo objetivo es reducir, o incluso eliminar, las barreras no arancelarias –BNA–: las normas, reglas y regulaciones legales y constitucionales que pudieran limitar la amplitud de la competencia económica. Estas normas pueden ser de cualquier tipo: éticas, democráticas, legales, sociales, de la salud, de orientación medioambiental, financieras, económicas o técnicas. Los servicios audiovisuales no estarán incluidos en el acuerdo.

El tercer objetivo es proporcionar a las empresas privadas derecho de litigio contra las leyes y regulaciones de los diversos Estados en aquellos casos en los que dichas empresas sientan que tales leyes y regulaciones representan obstáculos innecesarios para el comercio, el acceso a los mercados públicos y a las actividades de suministro de servicios. Estos litigios no serían nunca más sometidos a las jurisdicciones nacionales, sino a través de estructuras privadas de arbitraje, buscando así la seguridad jurídica de las empresas que invierten en países que a veces no la garantizan de forma clara, dependiendo de los gobiernos de turno. Si se fuera capaz de encontrar tribunales privados que garantizaran la total ecuanimidad, el camino quedaría bastante expedito, pero esto se antoja muy difícil por no decir imposible

Siendo ya muy bajos los aranceles, el Tratado se centraría en los aspectos rotundamente distanciados de las barreras no arancelarias -BNA-, tales como la liberación de regulaciones, la explotación de hidrocarburos por fractura hidráulica –fracking que por cierto ha hecho energéticamente independiente a EEUU, los alimentos transgénicos –liberados en EEUU y embridados en Europa–, las leyes financieras –mucho más serias en EEUU–, el endurecimiento de las leyes sobre el copyright y las regulaciones para la aplicación jurídica de los litigios.

El tratado limitará la soberanía de los Estados, al no ser posible que los Parlamentos de ninguno de ellos modifique lo pactado, no pudiendo por tanto aplicar políticas diferentes a las acordadas en los aspectos firmados. No permitiría a los gobiernos aprobar leyes para la regulación de sectores económicos estratégicos como la banca, los seguros, servicios postales o telecomunicaciones.

Si se llegara al Acuerdo, éste debería ser aprobado por mayoría cualificada del Consejo Europeo –55%–,  y pasado este trámite, deberá aprobarlo el Parlamento Europeo y posteriormente, deberá ser ratificado por los 28 parlamentos nacionales -se antoja imposible-. Esto naturalmente sería por parte europea y la votación sería por la totalidad del Tratado, no siendo posible presentar enmiendas parciales. En EEUU, el Congreso tendría  que ratificar la totalidad del texto.

Los defensores del Tratado argumentan que el Tratado sería beneficioso para el crecimiento económico y en consecuencia del empleo, de lo que tan necesitados estamos. Los críticos argumentan que éstos, se producirían a costa del aumento del poder de las grandes empresas, reduciendo notablemente los niveles de protección social y medioambiental de los ciudadanos de los diferentes países, lo cual podría ser  cierto. De este modo quedarían reducidas las soberanías nacionales de los 28, NO LA SOBERANÍA NACIONAL EUROPEA, a lo que algunos de los países que la forman no  están dispuestos, pero quien algo quiere, algo le cuesta…

Los mayores riesgos para los europeos en principio serían la pérdida de derechos laborales de los trabajadores, ya que EEUU sólo va a suscribir dos de los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo de la ONU con la consiguiente limitación de los derechos de representación colectiva de los trabajadores, el riesgo de rebaja salarial por el necesario aumento de la competitividad, la relegación del principio de precaución en materia de estándares técnicos y de normalización industrial, y la privatización de servicios públicos, con el establecimiento previo de una lista reducida de aquellos que no se pueden privatizar. Es decir, una reducción de los derechos de los trabajadores, que si no es por esta vía, será por la de reformas laborales sucesivas de todos los países de la UE, quieran o no, y una mayor apertura en la normalización de estándares y en las privatizaciones de lo público.

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Las mayores amenazas para los EEUU en caso de firma del Tratado tal y como se presenta el borrador, serían una mayor dependencia  del petróleo, si se admite la restricción a la utilización de los carburantes menos contaminantes, la eliminación de normas para la regulación de los mercados financieros, más estrictas en la actualidad en EE.UU, el no etiquetado de productos modificados transgénicamente, la eliminación de las evaluaciones independientes para  los medicamentos no producidos en los EEUU, y por último la eliminación de las normas  de preferencia nacional en los contratos públicos.

También hay movimientos de opinión política sobre el oscurantismo y poca transparencia en las negociaciones, lo cual puede ser cierto, pero ninguna negociación compleja se hace en la redacción de un periódico. Sí parece claro, que el trámite necesario ya expuesto para la aprobación de este hipotético Tratado, puede despejar estas dudas.

La existencia de instituciones como el Club Bilderberg y similares, ponen de manifiesto que una de las consecuencias  de que el TTIP se aprobara, y debido a la mediación arbitral privada, sería la preeminencia de multinacionales sobre estados de tamaño medio, y el aumento de la influencia incluso sobre los estados más poderosos, a no ser y repetimos, QUE SEAN CAPACES DE CONFORMAR TRIBUNALES PRIVADOS TOTALMENTE ECUÁNIMES que garantizaran la seguridad jurídica de todos. Conviene recordar lo acontecido con Repsol en Bolivia, Argentina…inseguridad jurídica que pueden ofrecer  Estados de aquella manera…

Las elecciones en EEUU en noviembre –supondrán algún tiempo de retraso para el Acuerdo en cualquier caso– siendo además los dos aspirantes  a la Casa Blanca poco proclives a este Tratado –al contrario que Obama gran impulsor–, y Francia, Alemania –ambos con corrientes muy críticas al respecto­–  cerca de nuevas elecciones, nos hacen pensar que yo quizá vea este Tratado desde el Paraíso. O si eligieran a González como jefe de campaña para el TTIP, podría hacer como con lo de la entrada en la OTAN. Deberían hacerlo mmm…

También el cameronés brexit -si se ejecuta finalmente- hará que el Reino Unido necesite un exclusivo Tratado de Libre Comercio de carácter bilateral con EEUU y la Unión Europea…otro palo en la rueda…

Y El CETA? -Acuerdo  económico y comercial global- o AECG -Accord économique et commercial global-,  tratado de libre comercio entre la UE con Canadá, que ha sido firmado tras siete años de negociaciones, el domingo 30 octubre 2016 por el presidente del brazo ejecutivo comunitario, Jean Claude-Juncker, el líder canadiense Justin Trudeau, el presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk y Robert Fico, primer ministro de Eslovaquia, que ostenta la presidencia de turno de la Unión.

Bruselas estima que tendrá un impacto favorable para el PIB europeo de 12.000 millones de euros anuales, mientras que los beneficios para Canadá serán proporcionalmente mayores: Europa es su segundo socio comercial solo por detrás de Estados Unidos.

El CETA entrará provisionalmente en vigor cuando el Parlamento Europeo apruebe el texto en los próximos meses, y su aprobación definitiva solo llegará con la ratificación de los Parlamentos de los Veintiocho, en un proceso que sin duda será muy largo, habiendo sido rechazado momentáneamente por el parlamento de los valones belgas. El rechazo frontal de estos últimos y de otros como Alemania que hace ahora campaña para el no,  y de Francia -debido a sus próximas elecciones- es debido al sistema de arbitraje que al igual que en el TTIP, puede poner en peligro la soberanía de los países a favor de las grandes compañías multinacionales, al ser tribunales privados los que juzguen las diferencias entre estas y las diferentes naciones. En fin…otro sin vivir…que no se rematará nunca.

El muy difícil camino hasta la firma del CETA ha enseñado  a los negociadores europeos que la dificultad casi insuperable, de condicionar la aprobación de un tratado a la decisión de todos los parlamentos europeos, supone someter  la estrategia comercial europea a los vaivenes políticos internos  de los diferentes países, mostrando así la escasa credibilidad de Europa como socio.